Respuesta
No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, alimentos futuros sin aprobación judicial ni sobre derechos ajenos o inexistentes, ni sobre la acción criminal. Tampoco tienen valor las transacciones obtenidas por dolo, violencia, títulos falsificados, o sobre títulos nulos salvo que se trate expresamente la nulidad en el acuerdo. La ley exige que el objeto de la transacción sea posible, determinado o determinable y de libre disposición por las parte