TRADICIÓN

¿Qué es el error en la cosa tradida?

Respuesta

De acuerdo al Art. 676 CC, este error acarrea la nulidad de la tradición. Esto concuerda con el Art. 1453 CC, según el cual, el error sobre la identidad de la cosa produce la nulidad absoluta, o como algunos piensan, la inexistencia del acto.