Respuesta
Para que proceda la prórroga de competencia en el derecho procesal chileno, es necesario que se trate de competencia relativa (territorial), que no exista prohibición legal expresa para prorrogar en el caso concreto, que el demandado consienta expresa o tácitamente en someterse al tribunal distinto del que correspondería por las reglas generales, y que dicho tribunal sea competente en razón de la materia y la cuantía, ya que la prórroga solo permite modificar la competencia territorial y no puede extenderse a aspectos de competencia absoluta.