PRENDA

¿Qué es el derecho de preferencia en el contrato de prenda?

Respuesta

El acreedor prendario tiene un privilegio especial sobre la cosa dada en prenda, lo que significa que puede pagarse preferentemente a otros acreedores con el producto de la realización de la prenda (artículo 2474 N° 3 del Código Civil; artículo 15 de la Ley 20.190 para la prenda sin desplazamiento).