PARTICIPACIÓN EN LOS GANANCIALES

¿Qué sucede si existen diferencia entre los patrimonios de cada coyuge en la participación en los gananciales?

Respuesta

Si el patrimonio final de un cónyuge es inferior al originario: Solo él soporta la pérdida. Si sólo uno de los cónyuges ha obtenido gananciales: El otro participa de la mitad. Si ambos han obtenido gananciales: Se compensan hasta la concurrencia del de menor valor, y el que haya obtenido menores gananciales tiene derecho a que el otro le pague la mitad del excedente.