¿Qué efectos tienen las obligaciones alternativas?
-El deudor cumple la obligación pagando totalmente una o algunas de las cosas alternativamente debidas.
-El acreedor no puede demandar el pago de una cosa determinada de las que se deben salvo que la elección le corresponda.
- La obligación no se extingue sino con la destrucción fortuita de todas las cosas alternativamente debidas.