MINIMA CUANTÍA

¿Qué sucede si el demandado no comparece a la audiencia de contestación y conciliación en juicio ordinario de mínima cuantía?

Respuesta

En ausencia del demandado, el tribunal puede suspender la audiencia si estima que la demanda no le ha sido notificada mediando el tiempo prudencial, o si habiéndose notificado conforme al 44 haya motivo de creer que la copia no ha llegado con oportunidad a su poder. Citará en tales casos a nueva audiencia, fijada por resolución.