MANDATO JUDICIAL

¿Cuáles son las facultades accidentales del mandato judicial?

Respuesta

Transigir (llegar a acuerdos que pongan fin al litigio); Desistirse de la demanda, de recursos o de la acción; Renunciar a derechos o acciones: Comprometer en árbitros o someter el asunto a arbitraje; Percibir sumas de dinero y otorgar recibos o finiquitos; Constituir o cancelar garantías, hipotecas, prendas, etc.