JUICIO EJECUTIVO

¿Qué sucede con los contratos bilaterales, en que la obligación sea actualmente exigible?

Respuesta

La mora purga la pura. La obligación no será exigible en los contratos bilaterales, cuando ninguna de la parte cumpla o esté llana a cumplir con dicho cumplimiento, pudiendo el ejecutado defenderse con la excepción del 464 No. 7.