INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS

¿En qué casos según la doctrina debería proceder el recurso de casación?

Respuesta

Improcedencia salvo desnaturalización: Artículo 1545 no es ajeno al Art. 767 CPC. Algunos dicen que el juez de fondo no puede interpretar clausulas claras, y eso es susceptible de casación (doctrina francesa). Otros indican que se desnaturaliza el contrato cuando el juez da a la voluntad una inteligencia contraria a la realidad, desconociendo la voluntad de las partes (Claro Solar). Se ha aceptado en algunos casos.