INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

¿ En qué casos aun existiendo caso fortuito o fuerza mayor, el deudor de igual forma debe responder?

Respuesta

Cuando el deudor tomo a su cargo el caso fortuito, estipulado de manera expresa

  • Cuando el caso fortuito sobreviene por culpa del deudor
  • Sobreviene durante la mora
  • Se ha obligado con dos o más a la misma obligación o cosa
  • Se acepta el riesgo por cargo del deudor