¿Qué efectos tiene la hipoteca respecto al constituyente?
Respuesta
Restricciones que se le imponen: Facultad de disposición: El Art. 2415 dice que el dueño podrá siempre enajenar o hipotecar los bienes, no obstante cualquiera estipulación en contrario. Facultades de uso y goce: Constituyente conserva esas facultades pero no puede ejercerlas de forma arbitraria y perjudicial para el acreedor