GESTIÓN PREPARATORIA

¿Qué sucede si el deudor fallece durante el curso del procedimiento y actuaba por mandatario?

Respuesta

Se contempla en el art. 5 CPC, rigiendo por ello el 1377 CC, es decir, se deberá notificar a los herederos del deudor y no podrá llevarse adelante la ejecución sino luego de transcurrido un plazo de 8 días contados desde la notificación del título.