Respuesta
El fuero menor es una categoría de fuero procesal que concede a ciertas personas, en virtud de su cargo o calidad, el derecho a ser juzgadas en primera instancia por un tribunal diferente al que normalmente conocería del asunto, pero sin llegar a la jerarquía de las Cortes de Apelaciones o la Corte Suprema, como ocurre con el fuero mayor. Generalmente, el fuero menor implica que el conocimiento de las causas corresponde a un Juzgado de Letras en vez de un Juzgado de Policía Local o a un tribunal de mayor jerarquía dentro de los tribunales de primera instancia