Respuesta
En primer lugar hay que mencionar que toda solemnidad es formalidad, pero no toda formalidad es solemnidad.
- La solemnidad es una formalidad esencial y obligatoria para la existencia o validez de ciertos actos, según lo determine la ley. Si falta, el acto es nulo o inexistente.
- La formalidad, en cambio, puede ser un requisito para otros fines (habilitar, probar, publicitar, etc.) y su omisión no siempre genera nulidad, sino que puede acarrear otras consecuencias menos graves