FIANZA

¿Qué capacidad deben tener las partes en el contrato de fianza?

Respuesta

Las partes deben tener capacidad general para obligarse y, cuando se trate de incapaces relativos (menores, casados bajo ciertos regímenes, incapaces bajo tutela, etc.), deben cumplir con los requisitos y autorizaciones especiales indicadas por la ley. La jurisprudencia y doctrina nacional han reafirmado estos requisitos, remitiéndose siempre a las normas de capacidad general y especial de los actos jurídicos.