Respuesta
Si el tribunal del juicio ha valorado esa prueba que se estima ilegítima, puede el litigante perjudicado interponer recurso de nulidad fundado en la causal contemplada en el artículo 373 letra a) del CPP, esto es por infracción sustancial de derechos o garantías asegurados por la Constitución o los tratados internacionales suscritos por Chile.