DONACIONES REVOCABLES

¿Cómo se pueden otorgar las donaciones revocables?

Respuesta

Con las solemnidades de los testamentos o conforme a las reglas de las donaciones entre vivos, siempre que en el instrumento se reserve expresamente la facultad de revocarla. Si se otorga así, para que subsista después de la muerte del donante, debe confirmarse expresamente en el testamento (excepto entre cónyuges).