DOMINIO

¿Se permite la cláusula de no enajenar?

Respuesta

La cláusula de no enajenar solo es válida en Chile cuando la ley lo permite expresamente. En los demás casos, su infracción no anula la enajenación, sino que da lugar a sanciones de carácter obligacional, como la resolución del contrato o la indemnización de perjuicios.