DERECHO PROCESAL PENAL

¿Los intervinientes pueden renunciar a los plazos?

Respuesta

Los intervinientes en el procedimiento pueden renunciar, total o parcialmente, a los plazos establecidos a su favor, por manifestación expresa. Si el plazo es común, la abreviación o la renuncia requerirán el consentimiento de todos los intervinientes y la aprobación del tribunal