¿En qué consiste el principio de derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres?
Respuesta
Salvo que sea contrario al interés superior del niño, se debe favorecer la relación y comunicación regular con ambos progenitores (art. 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño; artículo 229 del Código Civil).