DENUNCIA

¿La denuncia es obligatoria?

Respuesta

En términos generales la denuncia es una facultad discrecional de las personas, sin embargo, aquellas señaladas en el artículo 175 del CPP, en razón de la naturaleza de sus cargos o actividades, están obligados a dar cuenta oportunamente de los hechos allí señalados y si omiten hacerlo incurren en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales.