Respuesta
El proceso pasa a tener existencia legal, creándose un vínculo entre las partes y con el juez; Radica la Competencia: Solo respecto del demandante, pues el demandado aún puede alegar la incompetencia del tribunal; Precluye la facultad del demandante de retirar materialmente la demanda deducida ante el tribunal. Solo puede desistirse de la demanda, lo que producirá́ cosa juzgada.