CULPA

¿Las partes pueden entablar una cláusula de irresponsabilidad absoluta?

Respuesta

Las partes pueden modificar estas reglas de común acuerdo, esta debe ser de manera expresa, pudiendo incluso atenuarse, con el único límite, no puede estipularse que ni siquiera responderá́ de culpa lata, ya que esta se asemejaría al dolo y la condonación de dolo futuro sufre de objeto ilícito.