¿Cómo se nombran los ministros o fiscales de las Cortes de Apelaciones?
Respuesta
Los Ministros de las Cortes de Apelaciones son designados por el Presidente de la República de una terna confeccionada para tal efecto por la Corte Suprema, art. 75 CPR y 284 COT. La formación de ternas se rigen por los arts. del COT