CONTROL DE IDENTIDAD

¿Cuáles son los casos que habilitan a las policías para realizar el control de identidad investigativo?

Respuesta

El art.85 indica, los casos:

1.-Cuando exista algún indicio de que ella hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta;

2.-Cuando exista algún indicio de que se dispusiere a cometerlo;

3.- Cuando pudiere suministrar informaciones útiles para la indagación de un crimen, simple delito o falta;

4.-En el caso de la persona que se encapuche o emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad.

5.-Cuando el personal policial tenga algún antecedente que les permita inferir que una determinada persona tiene alguna orden de detención pendiente.