CONTRATOS SINALAGMATICOS

¿En qué casos no opera la teoría de los riesgos?

Respuesta

Deudor en mora de entregar, deudor comprometido a entregar la cosa a dos o más personas por obligaciones distintas, deudor que ha tomado la responsabilidad del caso fortuito, los riesgo de la pérdida de la cosa debida bajo condición (Art. 1486, se extingue la obligación, Obligaciones de género y la destrucción de cosa arrendada pone fin a arrendamiento (Art. 1950)