Respuesta
Aquellos que provienen de la manifestación de voluntad de dos o más partes, todas las cuales quedan obligadas en virtud de un objetivo común. i.e. Sociedad. Tienen algunas diferencias con los bilaterales: Las obligaciones no son correlativas, sino que cada parte tiene derechos y obligaciones respecto de los demás, los vicios del consentimiento en un contratante no invalida el contrato para todos, admiten ingreso de nuevas partes y por lo general generan una situación jurídica a largo plazo.