COMPRAVENTA

¿Quiénes son incapaces para comprar en el contrato de compraventa?

Respuesta

Empleados públicos, respecto de los bienes que se vendan por su ministerio, aun cuando se haga en pública subasta, jueces y funcionarios judiciales, respecto de los bienes en cuyo litigio han intervenido, aunque se haga en pública subasta. No podrán adquirirlas hasta 5 años después de que hayan dejado de ser litigiosas, tutores, curadores: Requerirán autorización de otros tutores o curadores o por el juez respecto de bienes muebles del pupilo, pero jamás podrán comprar bienes inmuebles. o Mandatarios, síndicos y albaceas: