Respuesta
El tribunal que ha conocido y resuelto un asunto en la sentencia definitiva es también el competente para hacer ejecutar lo juzgado, es decir, para velar por el cumplimiento forzado de lo resuelto en su fallo, incluso si para ello debe ejercer su jurisdicción fuera de su territorio habitual. Esta regla asegura la eficacia de las resoluciones judiciales y evita la dispersión de competencias en la etapa de ejecución, permitiendo que el mismo tribunal que tramitó y resolvió el fondo