CESIÓN DE BIENES

¿Cuáles son causales de oposición a la cesión de bienes?

Respuesta

Cuando el deudor hubiere enajenado, empeñado o hipotecado, como propios, bienes ajenos y cuando el deudor hubiere sido condenado por hurto, robo, falsificación o cualquiera de los delitos señalados en el párrafo 7 del Título IX del Libro segundo del Código Penal.