Respuesta
1. Cuando la sentencia ha sido pronunciada por un tribunal incompetente en razón de la materia o del grado.
2. Cuando ha sido dictada por jueces que no concurren al número necesario para formar sentencia.
3. Cuando ha sido dictada por jueces que han sido legalmente recusados o inhabilitados.
4. Cuando la sentencia carece de las menciones o requisitos esenciales establecidos por la ley.
5. Cuando se ha fallado ultra petita, es decir, concediendo más de lo pedido, o sobre puntos no sometidos a la decisión del tribunal.
6. Cuando la sentencia ha sido dictada en un procedimiento en que se omitieron los trámites esenciales que la ley prescribe para la validez del proceso.