Respuesta
Al pronunciarse sobre la absolución o condena, el tribunal puede diferir la redacción del fallo y, en su caso, la determinación de la pena hasta por un plazo de 5 días, fijando la fecha de la audiencia en que tendrá lugar su lectura. Sin embargo, cuando el juicio ha durado más de 5 días, el tribunal dispondrá, para fijar la fecha de la audiencia de comunicación, 1 día adicional por cada 2 de exceso de duración del juicio