Respuesta
Sólo hasta la víspera del inicio de la audiencia de preparación el acusado puede, por escrito, efectuar alguna de las siguientes actuaciones:
1.- Señalar los vicios formales de que adoleciere el escrito de acusación, requiriendo su corrección
2.- Deducir excepciones de previo y especial pronunciamiento
3.- Exponer los argumentos de defensa que considere necesarios.
4.- Oponer excepciones o contestar la demanda civil. También puede señalar los vicios formales de que adolece la demanda civil requiriendo su corrección
5.- Señalar los medios de prueba de que se valdrá en el juicio oral.