MEDIDAS CAUTELARES

¿Desde cuándo se pueden solicitar las medidas cautelares reales en el proceso penal?

Respuesta

Desde el inicio de la investigación, es decir, desde que se formaliza la investigación o incluso antes, siempre que existan antecedentes que justifiquen su adopción y que permitan acreditar la verosimilitud del derecho que se pretende cautelar y la necesidad de la medida para asegurar el resultado del juicio.