Respuesta
Se encuentran en el art 130 del CPP y son:
1.-El que actualmente se encontrare cometiendo el delito.39
2.- El que acabare de cometerlo.
3.- El que huyere del lugar de comisión y fuere designado por el ofendido u otra persona como autor o cómplice.
4.- El que, en un tiempo inmediato a la perpetración de un delito, fuere encontrado con objetos procedentes de aquél o con señales, en sí mismo o en sus vestidos, que permitieren sospechar su participación en él, o con las armas o instrumentos que hubieren sido empleados para cometerlo, y
5.- El que las víctimas de un delito que reclamen auxilio, o testigos presenciales, señalaren como autor o cómplice de un delito que se hubiere cometido en un tiempo inmediato.
6.- El que aparezca en un registro audiovisual cometiendo un crimen o simple delito al cual la policía tenga acceso en un tiempo inmediato.