DERECHO PROCESAL PENAL

¿En qué casos el imputado no se hace cargo de las costas?

Respuesta

Si el imputado resulta absuelto, en general no debe pagar costas. Solo en casos excepcionales, si se acredita que la denuncia o querella fue temeraria o maliciosa, el tribunal puede condenar en costas al querellante o denunciante.