DERECHO PROCESAL PENAL

¿Qué obligación tienen los intervinientes en la primera actuación judicial en materia penal?

Respuesta

En su primera intervención en el procedimiento los intervinientes deberán ser conminados por el Juez, por el Ministerio Público, o por el funcionario público que practicare la primera notificación, a indicar un domicilio dentro de los limites urbanos de la ciudad en que funcione el tribunal respectivo y en el cual puedan practicársele las notificaciones posteriores