MINIMA CUANTÍA

¿Cuándo se debe presentar la prueba documental en procedimiento ordinario de mínima cuantía?

Respuesta

Los documentos sólo pueden presentarse conjuntamente con la demanda o en las audiencias de contestación o de prueba y las partes deberán formular las observaciones y las impugnaciones que procedan en la audiencia en que se acompañen o en la inmediatamente siguiente.