PRUEBA CONFESIONAL

¿Cuándo se puede solicitar la confesión judicial en primera instancia?

Respuesta

En 1a instancia: en cualquier estado del juicio, desde que se encuentre contestada la demanda y hasta el vencimiento del término probatorio. Se puede ejercer hasta por 2 veces en 1a instancia, pero en caso de alegarse hechos nuevos durante el curso del juicio puede exigirse una vez más.