COINCILIACIÓN

¿La audiencia de conciliación se puede suspender o reprogramar?

Respuesta

Si las partes lo piden, se suspenderá la audiencia hasta por media hora para deliberar. Si el tribunal lo estima necesario postergará la audiencia para dentro de tercero día, salvo que las partes acuerden un plazo mayor, dejándose constancia de ello y sin que sea necesaria una nueva notificación.