TRIBUNALES

¿Qué competencia tiene un Ministro de la Corte de Apelaciones como un tribunal unipersonal de excepción?

Respuesta

De las causas civiles en que sean parte o tengan interés las autoridades políticas, diplomáticas y eclesiásticas que enumera el art. 50 del COT en su No 2 (Fuero Mayor; De las demandas civiles que se entablen en contra de los jueces de letras para hacer efectiva la responsabilidad civil resultante del ejercicio de sus funciones ministeriales; De .los demás asuntos que otras leyes les encomienden.