Respuesta
Consiste en que el tribunal que es competente para conocer del asunto principal también lo es para conocer de todas las incidencias, cuestiones accesorias, reconvenciones y medidas precautorias que se presenten dentro del mismo proceso, aunque por su naturaleza o cuantía, tales materias correspondieran normalmente a otro tribunal. Esta regla busca evitar la dispersión de la competencia y asegurar la unidad del procedimiento, permitiendo que un solo tribunal resuelva íntegramente todas las cuestiones vinculadas al juicio principal.