Respuesta
La competencia prorrogada es aquella que, si bien no le corresponde originalmente a un tribunal según la ley, puede adquirirla válidamente por acuerdo expreso o tácito de las partes, permitiendo que ese tribunal conozca y resuelva el caso cuando la ley lo autoriza, especialmente en materias civiles y siempre que no se trate de materias de competencia absoluta.