Respuesta
Son órganos jurisdiccionales que se crean para conocer y resolver materias específicas, distintas de las que comúnmente conocen los tribunales ordinarios de justicia. Su existencia, competencia y organización están establecidas por la ley, y su función principal es resolver conflictos en áreas que requieren conocimientos técnicos o especializados, o que por su naturaleza, el legislador ha considerado conveniente apartar del conocimiento de los tribunales comunes.