SOCIEDAD CONYUGAL

¿Quién es el titular de la administración ordinaria de la sociedad conyugal?

Respuesta

Por regla general, corresponde al marido la administración ordinaria de la sociedad conyugal, como "jefe de la sociedad". Sin embargo, esta facultad es de orden público y no puede ser modificada por capitulaciones matrimoniales, salvo en los casos excepcionales previstos en la ley, como la administración extraordinaria por incapacidad del marido o por sentencia judicial.