Respuesta
Si se celebran antes del matrimonio, debe constar por escritura pública, Subinscripción al margen de la inscripción matrimonial (esto es solemnidad, no requisito de publicidad) y que la Subinscripción se practique al momento de celebrarse el matrimonio o dentro de los 30 días siguientes. Si se celebran en el acto del matrimonio: basta que el pacto conste en la inscripción del matrimonio.