MATRIMONIO

¿En qué consiste el acto de celebración del matrimonio?

Respuesta

Art. 18 LMC. “En el día de la celebración y delante de los contrayentes y testigos, el Oficial del Registro Civil dará́ lectura a la información mencionada en el artículo 14 y reiterará la prevención indicada en el artículo 10, inciso segundo. A continuación, leerá́ los artículos 131, 133 y 134 del Código Civil. Preguntará a los contrayentes si consienten en recibirse el uno al otro como marido y mujer y, con la respuesta afirmativa, los declarará casados en nombre de la ley.”