El desahucio es irrevocable salvo acuerdo de ambas partes, y obliga al pago de la renta hasta el término del plazo de desahucio, aunque la restitución se haga antes. No se requiere desahucio si el contrato tiene plazo fijo determinado, salvo que se haya pactado su renovación automática o se trate de contratos donde la ley exige necesariamente el desahucio.