MANDATO

¿Qué es la obligación de rendir cuenta en el mandato?

Respuesta

El mandatario tiene la obligación de rendir cuenta al mandante de su administración, documentando las partidas importantes salvo que el mandante lo releve de dicha obligación (art. 2155 CC). La relevación no lo exime de responder por los cargos que el mandante pueda justificar en su contra.